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Teorías del daño del 'ecosistema' en las fusiones digitales: nuevos conocimientos de la economía de redes, parte 1

Jul 07, 2023Jul 07, 2023

La ejecución de fusiones que involucran la adquisición por parte de un gran conglomerado digital de un activo complementario o no relacionado, con frecuencia una empresa nueva o una empresa mucho más pequeña, se ha convertido en dos visiones del mundo que compiten entre sí. Por un lado, las partes y sus asesores (más la multitud de 'error tipo 1'/'¡pero competencia dinámica!') argumentan que estas adquisiciones son inocuas y, de hecho, favorables a la competencia, ya que permiten que el objetivo se beneficie del músculo financiero. y el soporte técnico del adquirente, y/o garantizar que un producto/servicio se mejorará, se ofrecerá a escala o se combinará con otros servicios, de maneras que no habrían sido posibles de forma 'independiente'. Por otro lado, varios reguladores están adoptando la postura de que el enfoque permisivo del control de fusiones de las últimas décadas ha sido un factor importante en la creación de conglomerados digitales en expansión, que ahora abarcan múltiples mercados y cuyas múltiples ventajas han erigido fortalezas inexpugnables ( o 'fosos' asegurados) a su alrededor, por lo que estos acuerdos deben cuestionarse para evitar que estas empresas 'atrapen' el futuro.

Desde una perspectiva de evaluación, la cuestión que abordan los ejecutores es si la posición única de un puñado de titulares que se benefician de los efectos de red y las economías de escala y alcance, con una constelación de actividades en expansión en múltiples mercados, se embarcaron en la adquisición de múltiples objetivos, se refleja adecuadamente en el libro de jugadas antimonopolio 'tradicional'. Definir mercados estrechos y evaluar la posibilidad de daño en esos mercados en términos de categorías 'tradicionales' y mecanismos económicos bien entendidos es lo que ha llevado a las agencias a aprobar múltiples acuerdos (desde Google/DoubleClick hasta Facebook/Whatsapp y Facebook/Instagram, incluso a Google/Fitbit), y esto ahora se reconoce ex post como la mayoría de las veces perjudicial. 1

¿Es la 'bolsa de herramientas' que utilizamos actualmente en antimonopolio, en particular, el catálogo reconocido de mecanismos de 'ejecución hipotecaria/exclusión' en la literatura de organización industrial (OI), que es el libro de jugadas habitual 'ir a' para acuerdos no horizontales? adecuado o demasiado estrecho? Los gigantes digitales multiproducto no piensan "mercado por mercado", sino que tienen una visión amplia y activos y capacidades fungibles que se pueden implementar en todos los mercados: IA, aprendizaje automático, nube, datos, contenido, software, bases de usuarios. Y a menudo usan terminología como 'volante' para sugerir que estos activos crean ciclos virtuosos, es decir, aceleran la adopción y el crecimiento. Esto sugiere que el poder de mercado puede necesitar entenderse no solo en términos de la posición de un producto en un mercado dado, sino como una función de control de múltiples 'palancas' (activos) al mismo tiempo. Y luego, las nuevas adquisiciones deben evaluarse para determinar cómo encajan y contribuyen a esta red de actividades, activos y capacidades. ¿Pueden esos 'amplificar' los efectos de un trato de alguna manera? ¿Existen teorías viables del daño que se puedan articular con apoyo económico?

En los EE. UU., existe una jurisprudencia de las décadas de 1950 y 1960 que prohíbe algunos acuerdos de conglomerados sobre la base de que el adquirente ya era "grande" en múltiples áreas, 2 pero estas "teorías de conglomerados" ahora se consideran legalmente muy desafiantes ya que no se han llevado a cabo. durante tanto tiempo (por ejemplo, Kowarski y Fortes 2023). La Autoridad de Mercados y Competencia del Reino Unido (CMA) (ver más abajo) ha estado experimentando recientemente con teorías de daño de 'ecosistema' para captar la idea de que la recopilación de los activos y capacidades existentes de una empresa conglomerada es importante al evaluar la adquisición de un activo no relacionado. ¿Cómo pueden las capacidades dispares existentes formar parte de la 'teoría del daño' para un trato específico, cuando están en su lugar antes del trato y no se ven directamente afectadas por él? La pregunta es cómo se articula y formaliza una posible teoría de una manera que sea más que impresionista, y cuáles son los principios limitantes. ¿En qué ideas deberíamos basarnos?

La IO tradicional es la teoría de los mercados que sustenta el análisis antimonopolio, pero permanece enfocada en un número limitado de mecanismos de 'apalancamiento' de un mercado a otro (vinculación/agrupación, aumento de los costos de los rivales). La literatura de gestión estratégica ha discutido los 'ecosistemas' durante mucho tiempo, pero principalmente a través de la lente de la 'creación de valor' y la 'captura de valor' para optimizar una posición competitiva, y no tanto con el fin de detectar un posible daño competitivo. Sugerimos en esta primera de una serie de dos columnas que una posible contribución podría provenir de la economía de redes, que ha comenzado a observar la conexión entre los activos y las capacidades de las empresas, y cómo su evolución a través de adquisiciones puede afectar la competencia en los mercados. Tiene herramientas de modelado formal que se pueden utilizar para examinar los efectos de una combinación de estas redes. Señala que los ejecutores no deben mirar simplemente los productos y los precios, ya que los efectos de fusión pueden surgir de una combinación de estas 'redes de capacidades' en lugar de solo 'relaciones de productos'. Sin embargo, la implementación es difícil y nos encontramos en los puntos de partida en términos del desarrollo tanto de la teoría como de una metodología práctica para evaluar y cuantificar las capacidades y sus combinaciones. A medida que los reguladores quieren alejarse cada vez más de las teorías clásicas de "ejecución hipotecaria" y perseguir preocupaciones más amplias sobre aglomeraciones de capacidades, ventajas de los primeros en actuar y daños basados ​​en datos, este trabajo debe avanzar mucho más.

El marco clásico de las 'teorías del daño' en los acuerdos de conglomerados requiere que las agencias articulen un 'incentivo' y una 'capacidad' de la entidad fusionada para cerrar la competencia. Esto, a su vez, requiere definir un mercado específico desde el cual se pueda aprovechar un poder significativo en otro mercado (objetivo), y articular un mecanismo claro de 'ejecución hipotecaria/exclusión' para que esto suceda. La literatura dominante de IO ha contribuido con múltiples 'mecanismos' a través de los cuales puede ocurrir tal apalancamiento; por ejemplo, al vincular el producto/servicio que se adquiere con el producto del adquirente y hacer que la venta del primero dependa del segundo, la participación se puede transferir. de los rivales de 'producto único' y el poder se puede aprovechar de un mercado a otro. La agrupación puede tener el mismo efecto. O 'elevar los costos de los rivales': si el producto que se adquiere es un insumo para el servicio de un rival, ¿crea el acuerdo 'incentivos y capacidad' para hacer que el insumo esté disponible en peores condiciones, lo que dificulta la competencia de los rivales?

Como IO ha ganado fuerza en el análisis de fusiones, la expectativa actual es que las agencias necesitan una historia razonablemente precisa que articule (y preferiblemente modele) cómo ocurriría la exclusión en un mercado específico basado en un mecanismo particular, y formula esto en términos de 'incentivo' y 'habilidad'. Los análisis van desde modelos teóricos calibrados en el extremo más sofisticado hasta modelos de negociación y ejercicios básicos de "aritmética vertical" estática (es decir, cuantificación "todo lo demás igual" de los costos y beneficios de la ejecución hipotecaria). En entornos dinámicos, una simple cuantificación de costo/beneficio 'todo lo demás igual' no funciona y el análisis se vuelve más ondulado. Pero nuevamente en la práctica actual, se espera que las agencias presenten su caso (y que las partes se defiendan de él) articulando un 'mecanismo' de exclusión específico y mostrando que hay 'incentivos' para cerrar (lo que significa que la estrategia sería rentable) y un 'capacidad' de ejecutar la hipoteca (lo que significa que los rivales se verían realmente perjudicados). A veces esto implica un modelado formal, aunque en la práctica suele ser difícil superar la poderosa lógica del 'beneficio de un monopolio' (es decir, la idea de que la ejecución hipotecaria no es necesaria para que el propietario de un activo clave obtenga todos los beneficios).

La pregunta ahora es si este enfoque centrado en el mecanismo, mercado por mercado, debe revisarse al considerar adquisiciones por parte de empresas digitales multiproducto con presencia en múltiples espacios; y si es posible articular un enfoque económico que pueda hacer que el análisis sea razonablemente creíble y estricto.

Un cambio importante que debe hacerse es pensar en 'activos y capacidades' en lugar de solo 'productos'. En antimonopolio, tradicionalmente nos enfocamos en 'productos' y poder de mercado indirecto con alguna medida de participación de mercado. Pero la participación de mercado en un producto específico no nos dirá nada sobre la posición de una empresa conglomerada de múltiples productos en múltiples espacios. ¿No hay más en su papel competitivo (y poder de mercado) que surge de su conjunto de activos y capacidades (PI, I+D, ingenieros, software, datos, etc.). ¿Son éstos difusos, escasos, únicos? ¿Son replicables? ¿Qué ventaja confieren colectivamente? ¿Cómo se pueden utilizar para desarrollar nuevos productos y acceder a nuevos mercados? ¿O para obtener la ventaja de ser el primero en moverse? Al adquirir un objetivo, el adquirente obtiene el título de un conjunto de activos y capacidades que interactuarán con los existentes y se pueden combinar y redistribuir. Parece reductivo centrarse únicamente en los "mercados de productos" estrechos y pasar por alto la malla más amplia de activos/capacidades y su papel en las estrategias de expansión/diversificación.

Al mismo tiempo, las agencias se enfrentarán a un gran rechazo si simplemente formulan su teoría del daño como 'usted tiene múltiples activos y una posición sólida en múltiples mercados'. El desafío es ir más allá y establecer un efecto específico de la fusión, es decir, cómo controlar múltiples activos/capacidades relevantes y aumentar esa cartera con una adquisición creará poder de mercado adicional al aislar al comprador de la competencia actual y futura, por ejemplo, al creando mayores asimetrías, acaparando activos relevantes y aumentando las barreras de entrada y expansión. Esto requiere una forma de puntuar y clasificar las capacidades relevantes, comprender cómo interactúan y dónde encaja el objetivo, y si la combinación de las capacidades del objetivo con las del adquirente puede facilitar la entrada a nuevos mercados que pueden ser preventivos y reductores de la competencia en futuro (en lugar de innovadores y de expansión del mercado). ¿Cómo podrían hacerse operativas/procesables tales preocupaciones y cuáles son los principios limitantes? Esbozamos a continuación algunos casos en los que esto ha sido (o es actualmente) parte del debate en vivo.

La cuestión de cómo evaluar las adquisiciones por parte de empresas que son constelaciones conglomeradas de activos y capacidades ha pasado rápidamente a primer plano en el clima actual de preocupación por la falta de aplicación efectiva en el pasado. Google/Fitbit en 2020 vio el primer gran debate público sobre este tipo de preocupación (Caffarra y Valletti 2020, Bria et al. 2020, Bourreau et al. 2020, Caffarra et al. 2021). Excepto que en ese momento, las agencias estaban significativamente atrasadas en términos de postura y apetito para perseguir un caso 'no convencional'. La adquisición por parte de Google del fabricante de dispositivos portátiles de recopilación de datos Fitbit planteó la cuestión de la exclusión/ejecución estándar (de otros negocios a partir de los datos de Fitbit, de otros fabricantes de dispositivos portátiles a partir del Bluetooth de Google, etc.), pero también de manera crítica en torno a los datos muy personales recopilados por Fitbit. se combina con los propios datos y capacidades de Google y se utiliza para extraer más rentas de los consumidores en áreas como el seguro de salud y el empleo. En la práctica, el trato terminó siendo aprobado en Europa con remedios de acceso convencionales a una teoría tradicional del daño (ejecución hipotecaria), más un remedio de 'aislamiento de datos' aparentemente para garantizar que los datos de Fitbit no sean explotados por Google en publicidad digital mezclándolos con la 'manguera de incendios de datos' de Google. Esta fue una pequeña concesión a las protestas de la sociedad civil de que el acuerdo permitía a Google contribuir con Fitbit a su complejo de publicidad extractiva, pero la Comisión Europea argumentó que no podía hacer más porque no tenía las herramientas para continuar con el caso (Regibeau 2021 ). Sin embargo, las preocupaciones expresadas en este caso fueron una manifestación temprana de una 'teoría del daño del ecosistema'.

La CMA del Reino Unido bloqueó Meta/Giphy en 2022 con el argumento de que la inclusión del negocio de GIF de Giphy en el 'ecosistema' de Meta podría haberse utilizado junto con otros activos de Meta para poner en desventaja a los rivales (por ejemplo, manipulando el acceso a los GIF en todo tipo de formas y reduciendo sus oportunidades de monetización mientras elevan sus costos). En la práctica, la formulación de la teoría del daño era bastante convencional (ejecución hipotecaria vertical) probablemente en previsión de que un encuadre no estándar hubiera dificultado la defensa contra una apelación (al final, el caso fue remitido a la CMA por el CAT y se confirmó la prohibición.

Una 'teoría del daño del ecosistema' también ha salido a la luz recientemente con Microsoft/Activision en el Reino Unido, 3 con la CMA experimentando con la idea de que, como resultado de controlar una lista de activos (nube, sistema operativo Windows, primero y tercero -juegos de fiesta, así como contenido 'importante'), Microsoft tendría una 'ventaja única' en un momento crítico de cambio hacia nuevas tecnologías de juegos en la nube. La decisión final (de prohibición) menciona un 'ecosistema', pero luego utiliza un marco convencional de 'incentivo/capacidad' de ejecución hipotecaria de entrada para concluir que Microsoft probablemente excluiría a los competidores incipientes de transmisión de juegos (al negarles el acceso potencial a un juego 'importante'). El caso está en apelación.

Meta/Within 4 es otro caso reciente cuestionado por la Comisión Federal de Comercio (FTC) en última instancia debido a preocupaciones sobre posibles pasos iniciales hacia la monopolización de un nuevo espacio (el metaverso), pero donde la queja se formuló en términos de una teoría más estrecha de ' pérdida de competencia potencial' en un mercado estrecho para aplicaciones de fitness de realidad virtual (VR). 5 Dado que Meta había estado realizando múltiples adquisiciones de negocios de realidad virtual para potenciar sus ambiciones de metaverso, Within como una aplicación de fitness de realidad virtual dedicada era potencialmente un caso de usuario importante que podría ayudar a crear una ventaja inicial. Una forma de formular la preocupación podría haber sido que al adquirir Within, Meta (1) obtuvo una capacidad lista para usar en este espacio y podría abandonar sus propios esfuerzos atrofiados para producir una aplicación de fitness VR propia (una 'adquisición asesina inversa' , mediante el cual el propietario del ecosistema compra un activo en lugar de utilizar sus recursos para construirlo, abandonando así su propio esfuerzo de innovación y reduciendo la competencia dinámica (Caffarra et al. 2020); y (2) establecer un bloque de construcción para su empuje en el metaverso, que podría potenciar aún más a través de su colección de otros activos (especialmente la tienda de aplicaciones y los auriculares). Por lo tanto, si bien la adquisición en sí fue pequeña y la superposición con la propia aplicación de fitness de Meta fue débil (la aplicación Beat Saber de Meta no competía directamente con Within), el "ecosistema" de Meta podría convertir a Within en un punto de partida significativo para un cambio al metaverso como un nuevo factor de forma. En la práctica, la preocupación formulada en la denuncia de la FTC era la "pérdida de competencia potencial en las aplicaciones de fitness dedicadas a la realidad virtual", para encajar con un enfoque más tradicional (Oldale et al. 2020), presumiblemente por conveniencia de litigio. El juez finalmente rechazó la denuncia por los hechos, al tiempo que defendió la 'pérdida de competencia potencial' como una teoría viable del daño.

¿Amazon/iRobot (bajo revisión en múltiples jurisdicciones) será otro campo de pruebas? Las mismas agencias parecen preocupadas por la adquisición de Amazon, y parece posible que la utilicen para profundizar en la estrategia de dispositivos domésticos inteligentes de Amazon y el proyecto 'Sidewalk' (la inversión en dispositivos inteligentes y redes de malla de hogar/vecindario de bajo ancho de banda).

En general, aunque en estos casos (algunos) reguladores han sacado a relucir el concepto de "ecosistema", no llegaron a articular una "teoría del ecosistema" económica y, a menudo, utilizaron el concepto como "música ambiental" antes de volver al análisis tradicional. . ¿Cómo podría equiparse el control de fusiones para explorar cómo las grandes empresas digitales con distintos activos y capacidades en múltiples espacios pueden aprovecharlos colectivamente al realizar una nueva adquisición y crear poder de mercado adicional? Los problemas que deben abordarse son:

Como discutiremos en la segunda columna de esta serie, combinar la economía de redes con los enfoques de IO puede ser una vía prometedora.

Bria, F, C Caffarra, G Crawford, W Christl, T Duso, J Ryan y T Valletti (2020), "Europa no debe apresurar el acuerdo Google-Fitbit", Politico, 22 de julio.

Bourreau, M et al. (2020), "Google/Fitbit monetizará los datos de salud y perjudicará a los consumidores", VoxEU.org, 30 de septiembre de 2020.

Caffarra, C y T Valletti (2020), "Revisión de Google.Fitbit: la privacidad es un problema de competencia", VoxEU.org, 4 de mayo.

Caffarra, C, G Crawford y T Valletti (2020), "Cómo avanza la tecnología: competencia potencial y adquisiciones asesinas 'inversas'", VoxEU.org, 11 de mayo.

Caffarra, C, G Crawford y J Ryan (2021), "La ortodoxia antimonopolio es ciega a los daños reales de los datos", VoxEU.org, 22 de abril.

Kowarski, I y F Fortes (2023), "El desafío Amgen-Horizon de la FTC de EE. UU. podría enfriar las fusiones y adquisiciones de atención médica, pero tiene un gran obstáculo con la teoría del conglomerado riesgoso", comentario de MLex, 26 de mayo.

Mekki, D (2023), "La Fiscal General Adjunta Principal Doha Mekki de la División Antimonopolio pronuncia comentarios en el Segundo Foro Antimonopolio Anual del Mercatus Center: Política en Transición", Arlington, VA, 26 de enero.

Oldale, A, B Sayyed y A Sweeting (2020), "Revisión de casos relacionados con la pérdida de competencia potencial e incipiente en la FTC, con especial referencia a las fusiones verticales", Debate sobre derecho y política de la competencia 6(2).

Regibeau, P (2021), "Por qué estoy de acuerdo con la decisión de Google-Fitbit", VoxEU.org, 13 de marzo.