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¿Qué son los Órganos de gobierno, de gestión de procesos, subsidiarios, constituidos y concluidos?

Dec 20, 2023Dec 20, 2023

La Convención, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París establecen los arreglos institucionales para el proceso intergubernamental de cambio climático:

Colectivamente, estas instituciones participan en el proceso de desarrollo de políticas y orientación para apoyar a las Partes en la implementación de la Convención, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París.

La COP es el órgano supremo de toma de decisiones de la Convención. Todos los Estados que son Partes de la Convención están representados en la COP, en la que revisan la implementación de la Convención y cualquier otro instrumento legal que la COP adopte y toman las decisiones necesarias para promover la implementación efectiva de la Convención, incluidos los arreglos institucionales y administrativos. .

Encuentre más información aquí: Conferencia de las Partes (COP).

La Conferencia de las Partes, el órgano supremo de la Convención, actuará como reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto. Todos los Estados que son Partes del Protocolo de Kyoto están representados en la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP), mientras que los Estados que no son Partes participan como observadores. El CMP supervisa la implementación del Protocolo de Kioto y toma decisiones para promover su implementación efectiva.

Encuentre más información aquí: Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto (CMP)

La Conferencia de las Partes, el órgano supremo del Convenio, actuará como reunión de las Partes en el Acuerdo de París. Todos los Estados que son Partes del Acuerdo de París están representados en la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes del Acuerdo de París (CMA), mientras que los Estados que no son Partes participan como observadores. La CMA supervisa la implementación del Acuerdo de París y toma decisiones para promover su implementación efectiva.

Encuentre más información aquí: Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes del Acuerdo de París (CMA)

La Mesa apoya el trabajo de los órganos rectores mediante la prestación de asesoramiento y orientación sobre el trabajo en curso en el marco de la Convención, el Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París, la organización de sus sesiones y el funcionamiento de la secretaría. La Mesa sirve durante las sesiones y también entre sesiones. La Mesa consta de 11 funcionarios, el Presidente, siete Vicepresidentes, los Presidentes del SBSTA y el SBI y el Relator, elegidos entre los representantes de las Partes designados por cada uno de los cinco grupos regionales de las Naciones Unidas y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo.

Encuentre más información aquí: Mesa de la COP, CMP y CMA

La secretaría de la CMNUCC brinda apoyo organizacional y experiencia técnica a las negociaciones e instituciones de la CMNUCC y facilita el flujo de información fidedigna sobre la implementación de la Convención, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Esto incluye el desarrollo y la implementación efectiva de enfoques innovadores para mitigar el cambio climático e impulsar el desarrollo sostenible.

Encuentre más información aquí: Secretaría

Las Naciones Unidas actúan como depositarias de la Convención, el Protocolo de Kioto (incluidas sus enmiendas) y el Acuerdo de París. La secretaría está vinculada institucionalmente a las Naciones Unidas sin estar integrada en ningún programa y se administra de conformidad con las normas y reglamentos de las Naciones Unidas.

Encuentre más información aquí: Enlace institucional de Naciones Unidas

El OSACT asiste a los órganos rectores mediante el suministro de información y asesoramiento oportunos sobre cuestiones científicas y tecnológicas relacionadas con la Convención, el Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París. Además, el SBSTA coopera con organizaciones internacionales relevantes en cuestiones científicas, tecnológicas y metodológicas.

Encuentre más información aquí: Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (SBSTA)

El SBI ayuda a los órganos rectores en la evaluación y revisión de la implementación de la Convención, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Además, el SBI es el organismo que considera laprogramas de trabajo bienales de la secretaría, que brindan la dirección estratégica sobre cómo la secretaría puede servir mejor a las Partes y al proceso de la CMNUCC hacia una mayor ambición de acción y apoyo contra el cambio climático que sea totalmente acorde con los objetivos de la Convención, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Órgano Subsidiario de Implementación (SBI)

El Comité de Adaptación fue establecido por la COP en su decimosexta sesión como parte de los Acuerdos de Cancún (decisión 1/CP.16) para promover la implementación de acciones mejoradas sobre adaptación de manera coherente bajo la Convención. Sus funciones incluyen brindar apoyo técnico y orientación a las Partes; compartir información relevante, conocimiento, experiencia y buenas prácticas; promover la sinergia y fortalecer el compromiso con organizaciones, centros y redes nacionales, regionales e internacionales; proporcionar información y recomendaciones para la consideración de la COP al brindar orientación sobre los medios para incentivar la implementación de acciones de adaptación; y considerando la información comunicada por las Partes sobre su seguimiento y revisión de las acciones de adaptación, el apoyo brindado y recibido. El Comité de Adaptación también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Comité de Adaptación

La AFB supervisa y administra el Fondo de Adaptación y es totalmente responsable ante el CMP. El Fondo de Adaptación se estableció para financiar proyectos y programas de adaptación concretos en países en desarrollo que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático. El Fondo de Adaptación se financia con una participación del 2 % de los ingresos de las reducciones de emisiones certificadas emitidas por la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio y de otras fuentes de financiación. El Fondo de Adaptación también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Junta del Fondo de Adaptación (AFB)

Como brazo operativo del Mecanismo Tecnológico, el CTCN estimula la cooperación tecnológica para mejorar el desarrollo y la transferencia de tecnologías y ayudar a las Partes que son países en desarrollo cuando lo soliciten. El CTCN es responsable ante la COP y está bajo su dirección a través de un consejo asesor. El Consejo Asesor del CTCN se estableció en la COP 18 y brinda orientación al CTCN sobre cómo priorizar las solicitudes de los países en desarrollo y, en general, supervisa, evalúa y evalúa el desempeño del CTCN.

Encuentre más información aquí: Consejo Asesor del Centro y Red de Tecnología del Clima (CTCN)

Este organismo de 12 miembros conocido como el Órgano de Supervisión fue designado por la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes del Acuerdo de París (CMA), en su tercera sesión en Glasgow, con la adopción de la Decisión 3/CMA.3 que contiene las reglas, modalidades y procedimientos para el mecanismo establecido por el Artículo 6, párrafo 4, del Acuerdo de París ("el mecanismo"). El Órgano de Supervisión debe supervisar, bajo la autoridad y orientación de la CMA, el Mecanismo del Artículo 6.4, un mecanismo "para contribuir a la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero y apoyar el desarrollo sostenible". El Órgano de Supervisión es totalmente responsable ante la CMA.

Encuentre más información aquí: Artículo 6.4 Órgano de Supervisión

La Junta Ejecutiva del MDL supervisa el MDL de los Protocolos de Kioto bajo la autoridad y orientación del CMP. La Junta Ejecutiva del MDL es el último punto de contacto para los participantes de proyectos del MDL para el registro de proyectos y la emisión de certificados de reducción de emisiones.

Encuentre más información aquí: CDM EB - Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL)

Las funciones del Comité de Cumplimiento del Protocolo de Kyoto son brindar asesoramiento y asistencia a las Partes en la implementación del Protocolo de Kyoto, promover el cumplimiento de los compromisos de las Partes y determinar los casos de incumplimiento y aplicar las consecuencias en los casos en que las Partes no cumplan con sus compromisos. compromisos bajo el Protocolo de Kioto.

Encuentre más información aquí: Comité de Cumplimiento

La COP 24 decidió que el mandato del Grupo Consultor de Expertos en Comunicaciones Nacionales de las Partes no incluidas en el Anexo I de la Convención se extenderá por ocho años, del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2026 y pasará a llamarse Grupo Consultivo de Expertos ( CGE). Además de ayudar a las Partes que son países en desarrollo a cumplir con sus requisitos de presentación de informes en virtud de la Convención, el GCE también apoyará la implementación del marco de transparencia mejorado en virtud del artículo 13 del Acuerdo de París. Esto incluye facilitar la prestación de asesoramiento técnico y apoyo a las Partes que son países en desarrollo para preparar sus informes bienales de transparencia y proporcionar asesoramiento técnico a la secretaría sobre la implementación de la capacitación de equipos de revisión de expertos técnicos.

Encuentre más información aquí: Grupo Consultivo de Expertos (CGE)

El Comité Ejecutivo del Mecanismo Internacional de Varsovia fue establecido por la COP en su decimonoveno período de sesiones mediante la decisión 2/CP.19 para guiar la implementación de las funciones del Mecanismo Internacional de Varsovia para Pérdidas y Daños. El Mecanismo Internacional de Varsovia está anclado en el Acuerdo de París por su Artículo 8. El Comité Ejecutivo cuenta con grupos de expertos técnicos que ayudan a ejecutar su trabajo en las siguientes cuatro áreas de trabajo estratégicas: eventos de evolución lenta, pérdidas no económicas, gestión integral de riesgos y desplazamiento. .

Encuentre más información aquí: Comité Ejecutivo del Mecanismo Internacional de Varsovia para Pérdidas y Daños

El JISC, bajo la autoridad y orientación del CMP, supervisa el procedimiento de verificación de los proyectos presentados para confirmar que las consiguientes reducciones de emisiones por las fuentes o aumentos de las absorciones antropógenas por los sumideros cumplen los requisitos pertinentes del artículo 6 del Protocolo de Kyoto y el pautas de implementación.

Encuentre más información aquí: Comité de Supervisión de Implementación Conjunta (JISC)

La COP, CMP y CMA establecieron el Comité de Katowice de expertos sobre los impactos de la implementación de medidas de respuesta para apoyar el trabajo del foro sobre los impactos de la implementación de medidas de respuesta.

Encuentre más información aquí: Comité de Expertos de Katowice sobre los Impactos de la Implementación de Medidas de Respuesta (KCI)

La COP estableció el LEG, cuyos miembros deben ser designados por las Partes, con el objetivo de apoyar la preparación e implementación de estrategias de programas de acción nacionales de adaptación. El LEG también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Grupo de Expertos de Países Menos Adelantados (LEG)

El FWG fue establecido por la COP en su vigésimo cuarto período de sesiones (decisión 2/CP.24), en 2018, con el objetivo de hacer más operativa la Plataforma de Comunidades Locales y Pueblos Indígenas y facilitar la implementación de tres funciones relacionadas con el conocimiento, la capacidad para la participación y las políticas y acciones de cambio climático. La mitad de los miembros del FWG son representantes de las Partes y la otra mitad son representantes de organizaciones de pueblos indígenas. Para mejorar la coherencia de las acciones de la LCIPP en virtud de la Convención, se alienta a colaborar con otros organismos dentro y fuera de la Convención.

Encuentre más información aquí: Grupo de Trabajo Facilitador de la Plataforma de Comunidades Locales y Pueblos Indígenas

El mandato del Comité Permanente de Finanzas es asistir a la COP en el ejercicio de sus funciones con respecto al mecanismo financiero de la Convención en términos de lo siguiente: mejorar la coherencia y coordinación en la entrega de financiamiento para el cambio climático; racionalización del mecanismo financiero; movilización de recursos financieros; y medición, notificación y verificación del apoyo prestado a las Partes que son países en desarrollo. Fue establecido por la CP en su 16º período de sesiones mediante la decisión 1/CP.16. Sus roles y funciones se definieron con más detalle y su composición y modalidades de trabajo se elaboraron en la COP 17. El SCF también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Comité Permanente de Finanzas (SCF)

La COP, mediante su decisión 1/CP.16, estableció un Mecanismo de Tecnología para facilitar la implementación de acciones mejoradas sobre desarrollo y transferencia de tecnología para apoyar acciones de mitigación y adaptación a fin de lograr la implementación total de la Convención. El Mecanismo de Tecnología comprende el Comité Ejecutivo de Tecnología (TEC) y el Centro y Red de Tecnología del Clima (CTCN). De conformidad con el Artículo 10 del Acuerdo de París, el Mecanismo Tecnológico también servirá al Acuerdo de París bajo la dirección de la CMA. Como brazo político del Mecanismo Tecnológico, el TEC realiza análisis y brinda recomendaciones sobre políticas que pueden acelerar el desarrollo y la transferencia de tecnologías resistentes al cambio climático y de bajas emisiones.

Encuentre más información aquí: Comité Ejecutivo de Tecnología (TEC)

El Comité de París sobre Creación de Capacidades (PCCB) fue establecido por la Conferencia de las Partes (COP) en 2015 como parte de la adopción del Acuerdo de París para abordar las brechas y necesidades, tanto actuales como emergentes, en la implementación de la creación de capacidades en los países en desarrollo. países Partes y seguir mejorando los esfuerzos de creación de capacidad, incluso con respecto a la coherencia y la coordinación en las actividades de creación de capacidad en el marco del Convenio.

Encuentre más información aquí: El Comité de París sobre Creación de Capacidades (PCCB)

El IPCC es un organismo científico. Revisa y evalúa, a intervalos regulares, la información científica, técnica y socioeconómica más reciente producida en todo el mundo, relevante para la comprensión del cambio climático. No realiza ninguna investigación, ni monitorea datos o parámetros relacionados con el clima. El proceso de cambio climático de la ONU recibe los resultados del IPCC y utiliza los datos y la información del IPCC como línea de base sobre el estado del conocimiento sobre el cambio climático para tomar decisiones basadas en la ciencia. A fines de 2018, el Informe especial del IPCC sobre el calentamiento global de 1,5 C envió mensajes contundentes sobre la necesidad de ser más ambiciosos al tomar medidas si se quiere lograr el objetivo de mantenerse muy por debajo de los 2 grados. El IPCC se encuentra actualmente en su sexto ciclo de evaluación. Durante este ciclo, el Panel producirá tres Informes Especiales, un Informe Metodológico sobre los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero y el Sexto Informe de Evaluación (AR6). El AR6 comprenderá tres contribuciones del Grupo de Trabajo y un Informe de Síntesis. El Informe de Síntesis del AR6 integrará y sintetizará las contribuciones de los tres Grupos de Trabajo que se implementarán en 2021 en un documento conciso adecuado para los formuladores de políticas y otras partes interesadas. Se finalizará en la primera mitad de 2022 a tiempo para el primer balance mundial en virtud del Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC)

El GCF es una entidad operativa del mecanismo financiero de la Convención y es responsable y funciona bajo la dirección de la COP. Está gobernado por una Junta compuesta por 24 miembros (en igual número de Partes que son países desarrollados y en desarrollo) y pretende ser el principal fondo para la financiación del cambio climático mundial en el contexto de la movilización de 100 000 millones USD para 2020. El FVC fue establecido por el COP en su decimosexta sesión mediante la decisión 1/CP.16, diseñada a lo largo de 2011 por un Comité de Transición y lanzada en la COP 17 mediante la decisión 3/CP.17, incluido el instrumento rector del FVC. El GCF, como entidad encargada de la operación del Mecanismo Financiero de la Convención, también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Fondo Verde para el Clima (GCF)

El FMAM es una entidad operativa del mecanismo financiero de la Convención que brinda apoyo financiero a las actividades y proyectos de las Partes que son países en desarrollo. La COP brinda orientación periódicamente al FMAM. El FMAM, como entidad encargada de la operación del Mecanismo Financiero de la Convención, también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM)

El Fondo Especial para el Cambio Climático (SCCF, por sus siglas en inglés) se estableció para financiar actividades, programas y medidas relacionadas con el cambio climático, que son complementarias a aquellas respaldadas por otros mecanismos de financiamiento para la implementación de la Convención. Se ha encomendado al Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) que opere el SCCF. El FECC, administrado por el FMAM, también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Fondo Especial de Cambio Climático

La COP estableció el Fondo para los Países Menos Adelantados (LDCF) para apoyar el programa de trabajo de las Partes de los Países Menos Adelantados (LDC) y ayudar a los LDC a llevar a cabo, entre otras cosas, la preparación e implementación de  Programas Nacionales de Acción para la Adaptación (NAPA). Se ha encomendado al Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) que opere el FPMA. El LDCF, administrado por el GEF, también sirve al Acuerdo de París.

Encuentre más información aquí: Fondo para los Países Menos Adelantados

Grupo de trabajo especial sobre nuevos compromisos de las Partes del anexo I en virtud del Protocolo de Kyoto (AWG-KP)Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre Acción Cooperativa a Largo Plazo bajo la Convención (AWG-LCA)Grupo de Trabajo Ad Hoc sobre la Plataforma de Durban para la Acción Mejorada (ADP)Grupo de trabajo ad hoc sobre el Acuerdo de París (QUÉ)

programas bienales de trabajo para la secretaría GTE-PK GTE-CLP ADP APA